El Granada CF quiere agotar todas sus balas y acudirá al TAD para recurrir su eliminación de la Copa del Rey
Apelación ha desestimado el recurso del club nazarí y mantiene su eliminación de la Copa del Rey por la alineación de Adri López ante el Arosa.

El Granada CF va a agotar todas las vías legales posibles para evitar su eliminación de la Copa del Rey. Tras conocer la desestimación de su recurso presentado al Comité de Apelación, después de que el Juez de Competición dictaminase que sí había cometido alineación indebida, tal y como adelantó Relevo, la entidad rojiblanca acudirá al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para seguir recurriendo la decisión.
Una vez dictaminada la resolución del Juez Disciplinario Único, en la que se mantuvo que la Copa del Rey no es una competición profesional y, por tanto, la alineación del portero Adri López, de 24 años, era indebida -el máximo de edad en el torneo copero para alinear a un jugador del filial, sea cual sea su posición, es menos de 23 años-, el Granada CF se aferró a la nueva Ley del Deporte para recurrir.
El club rojiblanco, que ya se había acogido a esta norma en primera instancia para mostrar sus alegaciones aunque fue estimada siquiera por el Juez de Competición, envió un amplio escrito al Comité de Apelación ante su disconformidad. En este, exponía, en base a la nueva Ley del Deporte, los motivos por los que la Copa del Rey no podía ser tratada como competición no profesional, es decir, aficionada. De forma concreta, exponía un fragmento de la citada Ley en el que se recoge "la habilitación del reconocimiento de profesionalidad a aquellas competiciones que no habían sido reconocidas como tales". Así como también se aferró a los mecanismos de regulación de calendarios y de cooperación entre instituciones para su organización.
Esto, precisamente, respondía al argumento del Juez Disciplinario en cuanto a quién tenía la potestad para calificar de profesional o no la Copa. Ya que, en su dictamen, argumentó que "para la calificación de una competición como de profesional descrito genéricamente en la norma, le hayan de ser atribuibles, en este caso, al Campeonato de España/Copa de S.M. el Rey, pues tal competencia le viene atribuida ex lege, al Consejo Superior de Deportes (CSD), y por delegación, a la Federación deportiva correspondiente".
Es decir, que para el Juez Disciplinario es la RFEF, tras ratificación del CSD, en base a las normas de la competición la que estipula si es o no profesional. Si bien, para el Granada CF esta consideración es una "facultad conferida al CSD" por lo que, aún así, la norma de la Federación "carece de validez, vinculación y efectividad a tenor del principio de jerarquía normativa". Lo que viene a reforzar la postura del club rojiblanco de que sí podría ampararse en la Ley del Deporte.
Una vez entregada toda la documentación a Apelación, la mañana de este martes el Arosa denunció "indefensión". ¿El motivo? Los plazos. El Granada CF entregó la alegación prácticamente en el último momento y el Arosa alegó que no tenía tiempo de analizarla pues era un gran número de documentos y no podía hacerlo dentro de plazo. Y es que este miércoles, al ser el día del sorteo de la siguiente ronda de la Copa del Rey, el recurso debía estar solventado. Aunque finalmente al club gallego no le hizo falta alegar nada más, pues Apelación finalmente se ha mostrado en la misma postura del Juez Disciplinario y ha ratificado la eliminación del equipo nazarí y el pase del Arosa a la siguiente ronda.
Ante ello, el club rojiblanco ha optado por seguir en la batalla legal y será ahora el TAD el organismo al que se traslade dicho conflicto. Eso sí, de momento, tal y como ha mantenido Apelación, quien sigue dentro de la competición copera es el Arosa.