CASO RUBIALES

El juez ratifica su decisión de proponer juzgar a Rubiales por el beso a Jennifer Hermoso tras escuchar a Montse Tomé

El magistrado de la Audiencia Nacional mantiene a Vilda, Rivera y Luque como imputados.

Luis Rubiales, a su salida de la Audiencia Nacional tras declarar como investigado de un delito de agresión sexual y coacciones a la futbolista Jenni Hermoso. /EFE
Luis Rubiales, a su salida de la Audiencia Nacional tras declarar como investigado de un delito de agresión sexual y coacciones a la futbolista Jenni Hermoso. EFE
Natalia Torrente

Natalia Torrente

Nada iba a cambiar con la declaración de Montse Tomé. Así lo aseguró el magistrado Francisco de Jorge, titular del Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional, que investigó desde el pasado 11 de septiembre un posible delito de agresión sexual y otro de coacciones a la futbolista. Tras la declaración de la actual seleccionadora el juez se ratifica en su decisión y ha vuelto a proponer juzgar al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, por el beso en los labios no consentido que dio a la jugadora de la selección española Jenni Hermoso durante la entrega de medallas del Mundial de Australia y Nueva Zelanda.

El juez se reitera tras haber cumplido con la Sala de lo Penal de tomar declaración como testigo a Montse Tomé, tal y como solicitó la defensa de Jorge Vilda, exseleccionador y uno de los imputados por coacciones a la futbolista junto con Rubén Rivera, director de marketing de la RFEF y Albert Luque, director de la Selección nacional masculino -estos dos últimos aún forman parte de la estructura del ente federativo- . Al ratificarse, mantiene también la imputación del delito de coacciones a todos ellos.

De Jorge da traslado así a la Fiscalía y a las acusaciones personadas para que, en el plazo de 10 días, soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o, en su caso, el sobreseimiento de la causa. El magistrado insiste así en los argumentos expuestos el pasado mes de enero en su auto de pase a procedimiento abreviado, es decir, de apertura de juicio oral, cuando consideró que el beso a la jugadora no había sido consentido sino una "iniciativa unilateral y sorpresiva" de Rubiales. Además, defiende que existió "una acción concertada" por parte de Luque, Vilda y Rivera con el expresidente de la RFEF "para doblegar la voluntad de Hermoso y conseguir que accediera a grabar un vídeo en el que dijese que el beso había sido consentido".

En aquella ocasión, en lo relativo al beso, el magistrado aseguró que "el beso en los labios afecta a la esfera de la intimidad reservada a las relaciones sexuales, en particular en el contexto de dos personas adultas". Además, afirmó que "la finalidad erótica o no o el estado de euforia y agitación experimentado como consecuencia del extraordinario triunfo deportivo" logrado con la consecución del Mundial de fútbol eran "elementos cuya concurrencia y consecuencias jurídicas deberán valorarse en el juicio oral y público ante el órgano encargado del enjuiciamiento".

¿A qué se exponen Rubiales, Vilda, Luque y Rivera?

Con su decisión, el juez insiste también en no exonerar a ninguno de los investigados en el 'Caso Rubiales'. Por ello serán juzgados, salvo que la causa sea sobreseída, todos los imputados hasta ahora: Luis Rubiales, expresidente de la RFEF; Jorge Vilda, exseleccionador nacional femenino;Rubén Rivera, director de marketing de la RFEF; y Albert Luque, director de la Selección nacional masculina. Estos dos últimos aún en la estructura federativa.

"Jennifer Hermoso, desconcertada y sorprendida por el inesperado beso en los labios, no tuvo tiempo de reaccionar. La jugadora trató de restarle importancia en un primer momento y continuar celebrando el histórico triunfo de la Selección. No obstante, conforme iban pasando las horas, la euforia del triunfo fue dando paso al malestar y al sentimiento de haber sido ofendida por la acción antes relatada, malestar que fue en aumento ante las presiones de Luis Rubiales y de su círculo próximo para que públicamente manifestase que el beso había sido consentido", señaló el auto.

Sin embargo, aunque el auto del magistrado fue muy contundente al considerar que el beso de Luis Rubiales a Jenni Hermoso "no fue consentido y fue una iniciativa unilateral y sorpresiva", no consideró necesario hacer una tipificación de los delitos por los que se les imputa. Eso sí, considera que los hechos tendrán que calificarse jurídicamente en el ámbito definido por el artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es decir, "como delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años o cualquiera de otras penas de distinta naturaleza". También abrió la puerta a que el beso sea considerado un ilícito leve, es decir, valorado como posibles vejaciones, pues su función "se limita a apreciar que existen indicios suficientes de la comisión de los hechos narrados en este auto y que esos hechos son relevantes penalmente, siendo por ello perfectamente sostenible una acusación".

Respecto al resto de imputados el juez también se mostró rotundo en su auto y aportó todo tipo de detalles sobre las presiones recibidas por la futbolistaque destapó Relevo el pasado 21 de agosto. "Los resultados de la investigación permiten también considerar sostenible una acusación sobre los investigados por existir indicios de la existencia de una acción concertada de los tres, acordada con Luis Rubiales para doblegar la voluntad de Jenni Hermoso y conseguir que accediera a grabar un vídeo en el que dijese que el beso había sido consentido". Y prosiguió: "Estos hechos podrían ser constitutivos de infracción penal conexa con el delito principal indiciariamente atribuido a Luis Rubiales, incluso con independencia de que pudiera eventualmente tener naturaleza de delito leve", es decir, que pudiera ser considerado como un delito de las mencionadas vejaciones.

Todo apunta a que ahora las defensas presentarán sus escritos de revocación del auto, pues De Jorge se ratifica en lugar de presentar uno nuevo. Y volverá a repetirse el mismo procedimiento. Será la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional quien acepte o desestime los recursos. Una vez se apruebe el auto del juez, las defensas tendrán oportunidad, como así lo indica el propio magistrado en su auto, de formular sus escritos de acusación o, en su caso, el sobreseimiento de la causa. Si finalmente la apertura de juicio oral sigue adelante como todo parece indicar, el procesamiento se llevaría cabo en el Juzgado Central de lo Penal Único de la Audiencia Nacional, cuyo titular es el magistrado José Manuel Clemente Fernández-Prieto González.