El Barcelona ya está formalmente acusado y afronta el riesgo de multa e inhabilitación
La Fiscalía de Barcelona ya ha denunciado al club y a los ex presidentes Bartomeu y Rosell.

El artículo 33.7 del Código Penal es, ahora mismo, el principal dolor de cabeza en las oficinas del Camp Nou a la hora de afrontar el caso Negreira (y eso que, últimamente, no faltan asuntos...). La Fiscalía de Barcelona ya ha denunciado oficialmente tanto al Barcelona como persona jurídica, como a los expresidentes Sandro Rosell y Josep María Bartomeu junto a parte de su directiva por corrupción continuada y administración desleal, tras conocerse (y reconocerse) los pagos al exvicepresidente de los árbitros.
Han detectado pagos (incluso emitiendo facturas) al número dos del estamento arbitral desde 2003, aunque la parte en la que se puede centrar la denuncia es justo en los pagos que aún no han prescrito, es decir, en los de 2018 (son cinco años).
Bartomeu es el presidente azulgrana que puso fin a esta práctica mucho más que dudosa desde el punto de vista ético, y está por ver si delictiva. Será junto a Rosell el único de sus homólogos que, a pesar de ello, tenga que aclarar la situación ante la justicia. Y, además, con una de las preguntas clave en este caso y, seguramente, la que tiene peor respuesta: ¿por qué acabaron estos pagos justo cuando Negreira fue cesado de su puesto en el CTA? ¿Ya no eran interesantes sus informes arbitrales si no estaba en el cargo de poder arbitral?
Miedo a las posibles penas
Al estar acusado el club como persona jurídica, lo normal es que, en caso de resultar culpable, se le impusiera una multa, más o menos considerable. Hasta ahí no había demasiado problema. Ya tuvieron que hacer frente a esta situación en el Caso Neymar y fue interpretado poco menos que como un "mal menor".
El problema viene cuando avanzas en el artículo 33.7 del Código Penal y analizas las posibles penas a las que se enfrentaría el Barcelona si resultase condenado. Es mucho menos habitual, la inhabilitación está ahí como una de ellas. Y una inhabilitación para jugar, como club, sería un desastre no sólo para el Barcelona, sino también para toda la industria del fútbol nacional. Está tipificada, y no es la peor opción...
En los casos más extremos se puede llegar incluso a la suspensión como entidad deportiva, aunque fuentes jurídicas consultadas por Relevo no creen que este caso sea susceptible de ninguna de las dos, y consideran que lo más normal es que la parte del Barça, de ser condenados, no pasase de una sanción económica.
'Compliance' cosmético
El caso concreto de la corrupción deportiva tiene el hándicap enorme de que, para que un juicio termine llegando a una condena, es prácticamente imprescindible que haya una confesión de alguno de los implicados. De hecho, el único que ha terminado en una condena es el Caso Osasuna, que empezó exactamente así: con una confesión del que fuera el gerente del club, Ángel Vizcay.
Hay otra opción jurídica, que es el "acúmulo de indicios". Pero es mucho más un tiro al aire porque exige un rastreo indiscutible de todo lo que tenga que ver con la corrupción. Es decir: si sospechan que esos pagos a Negreira servían para beneficiar deportivamente al Barça, no valdría con demostrar esos pagos (que parecen demostrados) sino también rastrearlos, saber dónde han ido llegando y demostrar que ese dinero en concreto fue el que se usó para la corrupción. Y es, sin una confesión, prácticamente imposible.
Por ejemplo: en el caso del presunto amaño del Levante-Zaragoza. El primero que llegó a juicio. El club ingresó un dinero en cada una de las cuentas de varios jugadores, que a los pocos días lo sacaron en efectivo. Parecía clarísimo todo. De hecho estudiaron los gastos de los jugadores de aquel Levante durante el verano y comprobaron que habían retirado muy poco dinero de sus cuentas (un indicio de que podrían haber tenido dinero negro) en comparación con otros veranos. Había un acúmulo de indicios importante... pero no suficiente. Y los absolvieron a todos.
Los que sí han quedado retratados son los departamentos de Integridad, tanto del Barcelona como de la RFEF. Unos por hacer los pagos y otros por no detectarlos (o lo que sea) durante 15 años. Dejando, además, que la vía administrativa prescribiera, pasados tres años de los delitos.