RUGBY

Tercer revés de la Federación Española de Rugby con el TAD en el 'Caso Yamila' del Eibar RT

El Tribunal Administrativo del Deporte vuelve a suspender una sanción interpuesta por los diferentes comités federativos a un club nacional.

Yamila posa con el uniforme de Argentina. /Yamila Otero twitter
Yamila posa con el uniforme de Argentina. Yamila Otero twitter
Rodrigo Contreras

Rodrigo Contreras

En el arranque de temporada la Federación Española de Rugby (FER) tuvo su primer choque con el TAD en el llamado 'caso Alcobendas'. Tras varias semanas de tensión, donde se tambaleó el calendario liguero y la final de Copa del Rey, el club madrileño y la FER llegaron finalmente a un acuerdo extraprocesal por el que se le perdonaba la sanción económica al club granate y se le mantenía el descenso a la segunda categoría a nivel nacional del rugby español.

En la última jornada de la liga regular volvió a saltar la alarma por una posible alineación indebida en el partido disputado entre Complutense Cisneros y Barça Rugby. Los diferentes comités federativos sancionaban al equipo catalán por una falta/error en la alineación, mandando a los blaugrana directamente al grupo B para la disputa de la segunda parte de la división de honor y dejando al Rey de Copas sin la disputa de esta competición que lidera en títulos. El Barça Rugby terminó recurriendo al TAD, que acabó dándole la razón a los catalanes.

En estos días hemos vuelto a conocer un nuevo revés para los órganos federativos. Para conocer los orígenes de esta nueva marcha atrás en la temporada, hay que remontarse al mes de enero en la Liga Iberdrola (primera categoría del rugby nacional femenino).

Los equipos de Sant Cugat y Complutense Cisneros denunciaron ante la Federación Española de Rugby al Eibar Rugby Taldea por alineación indebida en los partidos disputados el 14 y 21 de enero frente a Universitario Rugby Sevilla 'Las Cocodrilas' y Sant Cugat, respectivamente, donde la jugadora argentina Yamila Otero aparecía en el acta federativa con la marca "F" (jugadora de formación). En el caso del partido ante las sevillanas no hubo sanción porque el recurso se presentó fuera de plazo, pero en el caso del partido que ganaron las vascas a las catalanas, sí hubo.

El Comité Nacional de Disciplina Deportiva (CNDD) en primera instancia estimó parcialmente el recurso de ambos clubes y anuló la condición de "elegible" de la jugadora argentina, aunque solo a partir de la fecha de la resolución (1/3/2023). Esto significaba que el tema sobre su alineación indebida no afectaba de modo alguno a los dos partidos que ya había disputadocomo jugadora en formación pero que, en adelante, no podría ser alineada como jugadora en formación, según reza el comunicado del club vasco.

Posteriormente desde el Comité Nacional de Apelación (CNA), impusieron la pérdida de puntos al club vasco (en el partido ante San Cugat). Una sanción que hace tan solo unos días el TAD suspendía de forma cautelar (admitiendo parcialmente el recurso de las vascas), cosa que suponía la devolución de puntos sancionados al Eibar Rugby Taldea.

De esta manera, y habiéndose disputado todas las jornadas de fase regular de la Liga Iberdrola, el club armero ha recuperado la cuarta plaza que le otorga el billete directo a las semifinales del playoff por la liga.

Iñaki Arrizabalaga, presidente del Eibar RT, remitía una carta a la FER el pasado 12 de abril en la que pedía que, una vez acordada la medida cautelar del TAD, se devolvieran a su club los puntos quitados en la multa:

"Esta es plenamente ejecutiva y debe desplegar sus efectos de forma inmediata, sin perjuicio de la resolución que pueda adoptar con posterioridad el TAD una vez analizado y resuelto en fondo de asunto".

"Se restablezca la clasificación del campeonato de DHF teniendo en cuenta que la ejecución de la sanción interpuesta por el Comité Nacional de Apelación de la FER por la supuesta alineación indebida de la jugadora Dª Yamila Alejandra Otero se encuentra en estos momentos suspendida cautelarmente".

Error de la FER, corrección de los comités.

Yamila Otero tiene abuelos españoles, pero el problema recae en los partidos que jugó con la selección argentina de seven en el preolímpico del verano de 2021, que en teoría "bloquean" a la jugadora para obtener esa "F" (este caso de concesión de esta "F" no tiene nada que ver con el proceso exhaustivo de una comprobación para la selección).

Es aquí donde llega el error por parte de la Federación: ¿Por qué se otorga la F sin preguntar antes al club y jugadora si había sido internacional? ¿Por qué no lo comunica la jugadora o el club?

Pero la gran clave de la cuestión no es la "internacionalidad" o no de Yamila, si no la interpretación de la norma. Esa normativa dejaba un gran hueco a la interpretación:

Igualmente serán asimilados a los jugadores de "formación" los jugadores que reunían los requisitos necesarios para ser seleccionarles con la Selección Española (Equipo Nacional de España) en lo que respecta al derecho de nacimiento (haber nacido en España o ser hijos o nietos de personas nacidas en España).

Yamila Otero cumple totalmente con los requisitos de "nacimiento" (abuelos españoles) y podría ser seleccionable en lo que respecta al derecho de nacimiento… ¿Entonces está bien o no otorgada la F según la normativa?

No cabe duda que la FER y sus diferentes estamentos de competición han tenido durante la temporada un problema con la norma que rige a los y las jugadoras de formación (la que otorga las famosas 'F'). De ello, se produjo la interpretación errónea de la norma por parte de la Secretaria de la FER, quedando clarificada y subsanado el error de la Federación por parte del CNDD y CNA, según apuntan a Relevo fuentes del primer organismo. Quedando así la corrección a la norma por parte de ambos comités:

De acuerdo con la regulación actual, para ser asimilado/a a jugador/a de formación no es suficiente con haber nacido en España o ser hijo/a de persona nacida en España, sino que, además, han de reunirse el resto de los requisitos necesarios para ser seleccionable.