ATLETISMO

¿Por qué Adel Mechaal se libró de la sanción? El antecedente de Katir que tampoco pudo justificar sus controles fallidos y ganó

El TAS le levantó la suspensión tras tres ausencias tras dar por válida la versión del atleta, aunque le percibió de una manera dura sobre su gestión de la localización.

Katir y Mechaal se jugaron la victoria en el 1500 metros del Campeonato de España 2023./MIGUELEZ/RFEA
Katir y Mechaal se jugaron la victoria en el 1500 metros del Campeonato de España 2023. MIGUELEZ/RFEA
José M. Amorós

José M. Amorós

"No es una noticia negativa, siempre es positiva", respondía Adel Mechaal tras ganar la prueba de 3.000 metros del Gran Premio de Valencia al ser preguntado por el noticia de la suspensión provisional de Mo Katir solo unas horas antes. Ahora tras la sanción definitiva, ha vuelto a opinar señalando que los éxitos de Katir "han sido fruto de cosas no positivas". Esta postura tan beligerante ha sorprendido a muchos y más tras haber estado implicado en una situación similar en 2017 cuando fue suspendido por no estar localizable en tres ocasiones en apenas ocho meses. Entonces y a diferencia de lo que ha terminado pasando con el murciano, salió indemne, pero... ¿qué ocurrió en su caso?

El atleta señalaba en la misma entrevista en plena pista del Velódromo Lluís Puig que su caso "fue diferente, porque era con la AEPSAD, ahora llamada CELAD, y como se está demostrando, trabajan horriblemente". Tras sus palabras, muchos afirmaban en las redes sociales — recuperando la versión que se extendió en aquel momento — que Mechaal demostró que fue declarado culpable finalmente porque demostró que "estaba compitiendo" durante los controles fallidos y se le justificó su ausencia, pero esto no es real.

Según la resolución oficial del Tribunal de Arbitraje Deportivo internacional (TAS), el mediofondista no justificó ninguno de sus tres 'ausentes' en los controles y fue una carta — que tardó en encontrar a su destinatario — la que le salvó de la sanción en firme. Hagamos un repaso a lo que decidió el tribunal.

Los tres controles 'ausentes' y una carta sin recoger

Los hechos expresados en la resolución desvelan que, el 8 de diciembre de 2015, la agencia española antidopaje intentó sin éxito realizar un primer control en su lugar de entrenamiento, en Font Romeu (Francia). Al día siguiente, la AEPSAD envió una notificación vía correo ordinario a ese mismo domicilio para informar de un control fallido. Según señala el TAS, "al parecer esa notificación nunca fue efectivamente recibida por el atleta y la agencia de correo devolvió esa carta [a la AEPSAD/CELAD] señalando que la comunicación nunca fue recogida por el destinatario". Es decir, pasó el plazo de recogida en la oficina y Mechaal no acudió a por la carta, como se hace con cualquier envío certificado.

Unos días después, el lunes 11 de enero de 2016, Jesús Muñoz Guerra, del Departamento sobre Paradero de los Atletas de la AEPSAD, remite un correo electrónico para avisar a Mechaal de que no tiene registrados sus datos de localización, sin tener nada que ver o aparentemente no mencionar ese primer intento fallido:

"Buenos días, A fecha de hoy no consta en ADAMS que estés localizado, por favor procede a cargar tus datos de localización. Te recordamos que de no hacerlo es una violación de las normas antidopaje y que desde el momento en que te fue notificada tu inclusión en el grupo de seguimiento de la AEPSAD, tienes obligación de ello [...]"

Ese mismo día, Mechaal responde al mail de Muñoz Guerra con la siguiente información:

"Hola, De hoy hasta el sábado [16 de enero de 2016] estaré en mi domicilio de Palamos. Debido a una inoportuna lesión, he bajado de front romeu (sic) para tratarme. El domingo 17 compito en Itálica sevilla (sic), y del 18 al 23 estare (sic) interno en el CAR de sevilla (sic) y el 24 compito en Elgoibar. Mi domicilio de Palamos: [...] 17230 Gerona. Intento introducir los datos pero no los puedo enviar. No dispongo de ordenador ya que lo tengo en el piso de front (sic) Romeu (Francia). A la que pueda tener un ordenador a mano envio (sic) los datos. Estas dos semanas ya sabéis donde localizarme. Y depende de si las molestias desaparecen o no. Volvería s (sic) Front Romeu o me quedo en Palamos [...]"

Sin confirmarse la fecha exacta en la que Mechaal actualizó su perfil de localización de ADAMS, el día 24 de enero un agente de la AEPSAD intentó, de nuevo sin éxito, realizarle un nuevo control antidopaje en su domicilio de Palamós y, unas horas después, el atleta remitió un correo electrónico al Departamento de Paradero de los Atletas de la AEPSAD comentando lo siguiente:

"Esta mañana ha venido a casa un médico, ayer perdí el vuelo y he cogido el AVE esta mañana de sevil (sic) a Barcelona, si me destinais (sic) algún sitio paso el control inmediatamente. Gracias."

A pesar de que trascendió a la opinión pública que el atleta justificó que se encontraba compitiendo durante sus controles fallidos, Mechaal con este correo en realidad confirmó que no estaba en Palamós, lugar señalado en la localización en ADAMS en el momento del control, y tampoco se encontraba en Elgoibar [como había señalado en la sucesión de fechas remitidas por email a Muñoz Guerra, ya que volvía de Sevilla]. En ninguna de las dos localizaciones, el atleta hubiera podido someterse al test. Es necesario resaltar que, aunque el TAS no lo mencione en su resolución, esa comunicación personal con un funcionario de la AEPSAD no está entre las opciones de localización incluidas en el Estándar Internacional para Controles de la Agencia Mundial Antidopaje.

Dos días después del segundo control fallido, Muñoz Guerra vuelve a enviar una comunicación a Mechaal sobre el primer control que no se llevó a cabo y que, en esta ocasión, el atleta sí terminó recibiendo tres días más tarde [29 de enero de 2016]. Ojo a este extraño y reiterativo movimiento de la AEPSAD y a la entonces sí notificación de recogida por parte de Mechaal porque terminaría siendo clave en la resolución del caso.

Para la agencia antidopaje española, el internacional español tenía ya dos controles fallidos por no ser localizable a la hora registrada en ADAMS y así le hizo saber su segundo 'ausente' el 11 de febrero. En el plazo de diez días posteriores a cada una de estas dos notificaciones, el catalán no expuso ninguna reclamación como le ofrece el código.

Todo se complicó el 15 de julio de 2016, apenas unos días antes de los Juegos Olímpicos de Río 2016, cuando World Athletics tampoco pudo localizar al atleta en un control en Font Romeu, lugar de localización registrado en ADAMS. La alarmante situación de completar los tres 'strikes' llegó a la federación poco después y Mechaal no pudo viajar con el resto del equipo a Brasil para la cita olímpica por, según se contó, "problemas administrativos". Casualmente, las mismas palabras utilizadas ahora por Katir en los primeros pasos de su defensa.

La federación internacional de atletismo suspendía a Mechaal el 7 de diciembre de 2016, que alegaba al día siguiente y conseguía que el día 9 de diciembre le levantaran la suspensión provisional. Pocas semanas después, el 16 de enero de 2017, la AEPSAD sanciona al atleta durante 15 meses sin competir, a contar desde el 30 de septiembre de 2016. Ahí comenzó una batalla legal de versiones y defensas cruzadas tras la apelación de Mechaal ante el TAS.

El TAS acepta la vía de 'la carta perdida', pero advierte a Mechaal

Con todos estos hechos encima de la mesa, llegaba el momento de la decisión del TAS bajo un panel presidido por el abogado israelí Efraim Barak, el mismo del caso del chuletón contaminado de Alberto Contador unos años antes y que repetía en otro caso mediático español, a pesar de que la bolsa de posibles árbitros se contaba por centenares de todas las partes del mundo.

Antes de la redacción de su decisión final, el panel del TAS afirmó que "el atleta fue cuando menos displicente al limitarse a enviar un email aduciendo problemas técnicos y falta de disposición de recursos electrónicos para poder cumplir, máxime si tomamos en consideración que no fue de manera espontánea que decidió hacerlo, sino luego de un recordatorio por parte de la AEPSAD". En la misma línea, considera que Mechaal "puso en evidencia que su manera de actuar denota un preocupante desconocimiento de sus obligaciones en materia de localización/paradero".

Finalmente, señaló que, con el envío del mencionado correo a Muñoz Guerra que formaba parte de su defensa, "el Panel Arbitral no está dispuesto a aceptar que con él se cumplan ni los mínimos requisitos indispensables para que un atleta de talla internacional con una ya prominente carrera deportiva pueda estimar de cumplida su carga obligacional en materia de información de localización".

Eso sí, a pesar de las advertencias y las duras afirmaciones contra la actuación de Mechaal, finalmente el TAS absolvía a Mechaal de su sanción aludiendo que el "segundo control fallido que se intentó realizar al atleta tuvo lugar el 24 de enero de 2016, es decir, cinco días antes de que el atleta efectivamente tuviera conocimiento de su primer examen fallido". Y nada más. El TAS (aquí puedes consultar la resolución completa) no aclaró qué hubiera ocurrido si Muñoz Guerra, en nombre de la AEPSAD, no hubiese mandado la segunda notificación del primer control fallido que fue la recibida después del segundo control fallido. Mechaal no hubiera recogido la famosa carta que le esperaba en la oficina de correos y quién sabe qué hubiera pasado con el atleta.