ELECCIONES RFEF

El CSD aprueba el reglamento electoral de la RFEF... ¿y ahora qué?

Pedro Rocha convocará elecciones a presidente. El TAD ya ha ordenado que gobernarán el proceso el reglamento y la Orden Ministerial actuales.

Vista general de la sala de prensa vacía de la Federación Española de Fútbol RFEF. Oscar J. Barroso / AFP7/
Vista general de la sala de prensa vacía de la Federación Española de Fútbol RFEF. Oscar J. Barroso / AFP7
Natalia Torrente
Alfredo Matilla

Natalia Torrente y Alfredo Matilla

Fumata blanca. Ya hay luz verde por parte del Consejo Superior de Deportes (CSD) al nuevo reglamento electoral de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). Tal y como adelantó Iusport y ha podido confirmar Relevo, tras el informe favorable de la subdirección general de régimen jurídico del CSD, su comisión directiva aprobó este jueves el nuevo reglamento electoral de la RFEF. Pero, ¿y ahora qué?

El primer paso será decidir, finalmente, qué tipo de elecciones convoca la Comisión Gestora con Pedro Rocha al frente. Si comicios para elegir a todos los órganos de representación tal y como la institución pretendió desde el primer momento, o bien si se hace lo propio pero para decidir quién será únicamente el presidente, tal y como indican los propios estatutos federativos en su artículo 31.8. Vayamos paso a paso.

¿Por qué no se convocaron elecciones a presidente tras la dimisión de Rubiales?

El pasado 10 de septiembre de 2023 Luis Rubiales dimitía como presidente de la Federación. Él mismo se encargó semanas antes al destituir a todos los vicepresidentes de la institución de que fuera Pedro Rocha, presidente de la federación extremeña, quien quedara al frente de la RFEF. Con su salida, se convocó la Comisión Gestora cinco días después y con las mismas, trasladaron al Consejo Superior de Deportes la solicitud del adelanto electoral.

En su momento, tal y como aseguran fuentes de la propia Federación, consideraron que la Asamblea que se rompió las manos a aplaudir durante aquel discurso lamentable que Luis Rubiales pronunció el 25 de agosto, no era la más indicada para elegir al nuevo presidente. No parecía lo más razonable convocar dos comicios en apenas unos meses. Tanto es así que Víctor Francos, Secretario de Estado para el Deporte por entonces, afirmó públicamente que aquella decisión sería la mejor para la institución y, en consecuencia, aprobó la resolución de la excepción electoral el 11 de octubre de 2023. Lo hizo tras recibir un informe jurídico firmado por Tomás González Cueto, asesor jurídico externo del ente, quien lo habría elaborado junto a otra de las manos derechas de Luis Rubiales, el entonces secretario de la RFEF, Andreu Camps.

Y ahora, ¿elecciones completas o sólo comicios para escoger presidente?

Ahora, con José Manuel Rodríguez Uribes al frente del CSD, Rocha pretendió contar también, tal y como sucedió con Víctor Francos, con el aval del nuevo Secretario de Estado para el Deporte. Pero no lo tuvo. Tampoco el TAD se pronunció sobre la fórmula más adecuada para convocar las elecciones. Aunque la RFEF sí cuenta con una pista que, además, buscó deliberadamente. El Tribunal hizo apreciaciones, en este sentido, sobre el reglamento que el CSD elevó tras la aprobación por parte de la Comisión Delegada de la RFEF. 

En uno de los artículos de la Sección Segunda del proyecto presentado, la RFEF incluía: "Dentro del año de celebración previsto en el artículo 2 del presente reglamento, la convocatoria de elecciones se efectuará por la persona que ostenta la Presidencia de la RFEF [...]. En supuestos de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa que impida transitoriamente desempeñar sus funciones o si cesara por causa distinta a la conclusión de su mandato, la convocatoria podrá ser efectuada por quien ejerza las funciones de Presidente de manera interina o por acuerdo de la Comisión Gestora". Es decir, en el propio texto del reglamento introdujeron el "permiso" para que Pedro Rocha pudiera convocar las elecciones a todos los órganos de representación.

En este punto radicó la principal apreciación del TAD sobre el reglamento: "La disposición del proyecto de reglamento electoral que atribuye competencia para convocar elecciones a órganos distintos del Presidente de la federación o de la Junta Directiva, es contraria, no solo a la Orden EFD/42/2024, si no también a los Estatutos de RFEF", concluye el Tribunal. ¿Qué significa esto? Pues que el TAD no aprobará nunca un reglamento en el que se establezca, de forma regulada, que la Comisión Gestora pueda convocar elecciones no sólo a presidente, sino a todos los órganos de representación.

Ahora sí, dados todos los pasos posibles en un tedioso y prolongado proceso, Pedro Rocha tiene que decidir y, aunque no ha tenido respuesta oficial, ha conseguido resolver el enigma para saber cuál es la solución más garantista jurídicamente y, sobre todo, la que daría más estabilidad a la institución. Algo que se ha cansado de repetir el propio presidente de la Comisión Gestora como su principal objetivo durante los últimos meses. Ante la amenaza de denuncias que ratifican una pelea que sólo unos cuantos presidentes territoriales y Miguel Galán (CENAFE) venían defendiendo desde el 15 de septiembre, la Federación tendrá que decidir si acaba con la incertidumbre por la vía oficial.

Por ello, según ha podido saber Relevo, la intención de Rocha ahora es convocar elecciones sólo a presidente. La fecha que se fijó en las últimas semanas en la RFEF era hoy 15 de marzo, coincidente con el día en el que Luis de la Fuente hará pública la convocatoria de la Selección española para los partidos ante Colombia en Londres y frente a Brasil en el Santiago Bernabéu del 22 y 26 de marzo, respectivamente. Será finalmente el lunes cuando la RFEF reúna a su Comisión Gestora y anuncie la convocatoria de la Asamblea general que a su vez dará el pistoletazo de salida a unas elecciones que, salvo sorpresa de última hora, serán únicamente para escoger presidente para los próximos seis meses. Después de la Eurocopa y los JJ.OO se trabajará en unos nuevos comicios, esta vez sí, para elegir a todos los miembros de representación.

¿Cuándo habría nuevo presidente?

El pasado 5 de febrero la RFEF hizo público el calendario electoral. Sin embargo, la propuesta contemplaba las elecciones a todos los órganos de representación, por lo que ante este nuevo giro de la Comisión Gestora, sería inútilCon la convocatoria de elecciones a presidente, la RFEF tendrá que presentar un nuevo calendario electoral que indique los plazos a seguir. Tanto para la presentación de los candidatos, como para la convocatoria de la Asamblea y la votación correspondiente para escoger al nuevo presidente en caso de que hubiera varios aspirantes. Algo que, a pesar de las múltiples campanas al vuelo, está por ver.

Lo que sí parece seguro es que Pedro Rocha, aunque allá por septiembre aseguró que no pretendía presentarse como candidato a presidir el ente federativo, ahora sí aspira a dirigir el máximo organismo del fútbol español. El resto de postulantes valorarán ahora si les merece la pena proponerse para presidir la RFEF durante unos meses, o bien guardan la bala para los comicios que elegirán al presidente de los próximos cuatro años. Todo dependerá de qué reglamento prevalece, si el recién aprobado por el CSD, o el anterior, que estaba vigente en septiembre cuando se debieron convocar los comicios que ahora tendrán lugar. Y lo mismo ocurre con la Orden Ministerial. Si el texto legal que regirá los comicios es el anterior, o el aprobado por la Ministra de Deporte, Pilar Alegría, el pasado 25 de enero.

En caso de que haya más de un candidato, habrá nuevo presidente de la RFEF -aunque sea sólo para los próximos seis meses- en unos treinta o cuarenta días. Es decir, para el mes de mayo. La persona que se quiera presentar tiene que contar con 21 apoyos, es decir, un 15% de los 139 avales que habrá en la Asamblea -el puesto de presidente está vacante tras la salida de Rubiales-.

Infografía sobre la representación de la Asamblea que elegirá al nuevo presidente.  Relevo
Infografía sobre la representación de la Asamblea que elegirá al nuevo presidente. Relevo

El TAD deciden que será el reglamento y la Orden Ministerial de 2024 los que gobiernen los comicios

Una de las grandes dudas que giraba en torno a la presentación de las posibles candidaturas era qué reglamento gobernaría los comicios y, sobre todo, qué Orden Ministerial prevalecería sobre los mismos. Al ser elecciones sólo a presidente, será la anterior Asamblea la que elija entre los aspirantes. Sin embargo, aquí estaba el lío otra vez servido. Con la nueva Orden Ministerial, los asambleístas sólo podrán entregar su aval a un sólo candidato. Sin embargo, si regía la anterior, podrían hacerlo a varios, por lo que las posibilidades de que hubiera varios aspirantes se disparaban.

Sobre el reglamento, la cosa también cambiaría. La nueva orden electoral establece que la pérdida de la condición por la que fue elegido cada representante sería motivo de baja en la Asamblea, es decir, quien pierde la condición de deportista no podría continuar representando adecuadamente a sus electores. Sería el caso de Luis Enrique o Jorge Vilda, pues ambos dejaron de ser seleccionadores, y de muchos otros. Sin embargo, eso no significa que la pérdida temporal de la licencia como consecuencia de la decisión tomada por un club pueda entrañar esa consecuencia.

¿Qué se haría en ese caso? Según dice el artículo 14.3 de la nueva Orden Ministerial, "si un miembro electo de la asamblea general perdiera, con carácter definitivo, la condición por la que fue elegido causará baja". Según el mismo texto legal en concordancia con los estatutos de la RFEF, para sustituir a los asambleístas que hayan perdido su condición, se seguirá el "sistema, procedimiento y plazos para la sustitución de las bajas o vacantes, que podrá realizarse a través de la designación de miembros suplentes en cada uno de los estamentos y circunscripciones y, de no existir suficientes suplentes, mediante la celebración de elecciones parciales".

En la mañana de este viernes, el TAD ha respondido a la consulta del propio CSD y de la RFEF sobre este asunto. El Tribunal ha emitido y enviado a la Secretaría de Estado para el Deporte el informe preceptivo, es decir, obligatorio, que dictamina que será el reglamento y la Orden Ministerial actuales, los aprobados en 2024, los vigentes para el nuevo proceso electoral que determinará al nuevo presidente en el mes de mayo. Ahora toca esperar a la convocatoria de de la Comisión Gestora el próximo lunes para saber cuándo se reúne la Asamblea que dará lugar al inicio de los comicios -después de resolver el lío de los asambleístas que han dejado de serlo-, conocer el nuevo calendario electoral y ver cómo se resuelve la sustitución de los asambleístas que, según indica el nuevo reglamento, habrían dejado de serlo. Si todo sigue su curso, en mayo habrá nuevo presidente para los próximos seis meses.