ELECCIONES RFEF

La RFEF convoca una Asamblea extraordinaria el 21 de diciembre, pero elecciones... ¿para cuándo?

El CSD aprobará en breve la Orden Ministerial y será entonces cuando se puedan convocar los comicios extraordinarios.

Pedro Rocha, presidente de la Junta Gestora de la RFEF. /Oscar J. Barroso / Getty Images
Pedro Rocha, presidente de la Junta Gestora de la RFEF. Oscar J. Barroso / Getty Images
Natalia Torrente
Alfredo Matilla
Sergio Fernández

Natalia Torrente, Alfredo Matilla y Sergio Fernández

15 de septiembre de 2023. El presidente en funciones, Pedro Rocha, se convierte en el presidente de la Junta Gestora de la Real Federación Española de Fútbol. Tan sólo cinco días después de que finalmente Luis Rubiales decidiera dimitir tras su escandaloso comportamiento en la final del Mundial en el que la Selección española femenina se alzó con el título.

Una vez constituida la Junta Gestora, ¿qué debe hacer? La única referencia en los estatutos de la RFEF sobre la Junta Gestora la encontramos en el artículo 31.8. "Si el Presidente cesara por causa distinta a la conclusión de su mandato,la Junta Directiva se constituirá en Comisión Gestora y convocará elecciones para proveer al cargo; el que resulte elegido ocupará el cargo por tiempo igual al que restase por cumplir al sustituido, los cuales no podrán presentarse a una nueva elección hasta que transcurra el período olímpico para el que fueron elegidos". Si el principal cometido es buscar nuevo presidente a través de comicios, ¿por qué no hay elecciones convocadas?

Las elecciones de cualquier Federación, también la de fútbol, se realizan el año de celebración de los JJOO, después de la cita olímpica, por lo que lo natural hubiera sido que Pedro Rocha, al frente de la Junta Gestora, hubiera convocado comicios nada más constituirse la comisión para nombrar presidente de la RFEF, y después, tras la competición olímpica, convocar las elecciones ordinarias para constituir nueva Asamblea y elegir nuevo presidente. Eso es la teoría.

Sin embargo, para evitar dos elecciones en un mismo año la RFEF solicitó al CSD adelantarlas al mes de enero para celebrar unos únicos comicios. El Consejo Superior de Deportes lo vio con buenos ojos por lo que le pidió al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), el órgano que rige los procesos electorales de las Federaciones, un informe sobre la petición de la RFEF. El informe del TAD fue favorable y el CSD aprobó la resolución de la excepción electoral el 11 de octubre de 2023.

También adelantó que trabajarían en una nueva Orden Ministerial que motivara algunos cambios en todas las federaciones, entre ellos, la composición de la Asamblea electora. ¿Es esta la razón por la que aún no ha habido convocatoria de elecciones en la RFEF? Sí, las Federaciones necesitan la nueva Orden Ministerial para poder convocar los comicios. También en el caso de la RFEF, a pesar de tener permiso al ser excepcional por celebrarlas en enero, pues quizá podrían haberlas convocado ya mismo para sustituir al presidente inhabilitado, pero no a la Asamblea. Pero una vez que se ha solicitado por carta, aprobado y ratificado, la RFEF debe esperar a enero antes de poder mover ficha. Surge entonces otra cuestión, ¿por qué no se ha aprobado hasta ahora la mencionada Orden Ministerial?

El CSD publicó el borrador el 12 de octubre y ofreció a las Federaciones un tiempo hasta el 3 de noviembre para presentar sus aportaciones y alegaciones. Recibieron 1.400 folios que están analizando para valorar si se aprueban o rechazan. Según fuentes consultadas por Relevo, en un plazo de 10 días aproximadamente se aprobará el texto, que firmará la nueva Ministra de Educación y Deporte, Pilar Alegría. A partir de ese momento, las Federaciones, también la RFEF, desarrollarán sus reglamentos electorales, que tendrá que aprobar la Comisión Directiva del CSD. Éste último paso es un proceso ágil porque se podría ratificar por sesiones remotas. Será entonces cuando la RFEF podrá convocar sus elecciones excepcionales para el primer trimestre de 2024.

Sin embargo, podrían llegar las impugnaciones a la mencionada Orden Ministerial y alargar el proceso de la convocatoria de elecciones... Y aquí, surge otra duda. ¿Podrían impugnar las federaciones internacionales la orden ministerial una vez se firme por los cambios que plantea? No, la impugnación provendría de la federación nacional, que es miembro de dicha internacional, pero no de la internacional directamente. Veremos la decisión que toma la Junta Gestora de la RFEF, pues este proceso podría dilatar la convocatoria de las elecciones extraordinarias en enero de 2024 que la propia RFEF pidió al CSD hace dos meses.

Asamblea extraordinaria en la RFEF el 21 de diciembre

Pedro Rocha ha convocado una Asamblea de carácter extraordinario para el próximo 21 de diciembre. Entre los puntos de la orden del día, está la aprobación de presupuestos y retribuciones para 2024. Pero, ¿puede el presidente de una Junta Gestora hacerlo? Según fuentes jurídicas consultadas por Relevo, según la normativa actual, se entiende que es posible convocar una Asamblea Extraordinaria si esta se circunscribe en el marco de la mera administración y gestión de la Federación siempre que la neutralidad del proceso electoral no quede afectada.

En este mismo sentido, surgen algunas dudas sobre decisiones que la Junta Gestora, con Pedro Rocha al frente, ha tomado desde que se formara el 15 de septiembre. ¿Se considera mera gestión de la RFEF la firma de acuerdos con patrocinadores como Stage Front, la incorporación de algunas figuras como Markel Zubizarreta o los despidos de Andreu Camps, Miguel García Caba o Pablo García Cuervo?

Tal y como señala el reglamento de las federaciones y la orden electoral del 2015, la comisión gestora es el órgano encargado de administrar y gestionar la federación durante el proceso electoral, no pudiendo realizar más que actos ordinarios de mera administración y gestión. ¿Se excede, por tanto, en sus funciones la Junta Gestora? ¿Podría ser sancionada por el TAD? Según fuentes jurídicas consultadas por Relevo, si los actos realizados por la Comisión Gestora inducen o condicionan, directa o indirectamente, el sentido del voto de los electores sí podrían ser sancionados por el TAD.

De momento, Rocha sigue su hoja de ruta para estabilizar la institución sin decir si se presenta -como la mayoría sospecha pese a que lo negaba en las primera semanas- o no. Ayer dimitió de su cargo como responsable de la Mutualidad, dejando en el cargo a Ignacio Mardones (federación vizcaína), pero alegó "motivos personales". Ya abandonó también su responsabilidad en el máximo órgano de control económico, mientras que se mantiene, además de como líder de la Gestora, como presidente de la Extremeña.