La impugnación que cavila Osasuna ya la intentó el Espanyol con Puyol y Xavi... que jugaron a los dos días de hacerlo la Selección
Ambos jugadores participaron en la Supercopa de España de 2006 tras alegar problemas físicos y ser revisados por la Selección.

Aunque en la noche del jueves en el vestuario de Osasuna había pena y rabia por la derrota ante el FC Barcelona que les mantiene en mala racha, conscientes todos de que hay que cambiar la dinámica cuanto antes para no acabar pasando apuros, poco después trascendió desde los despachos -cómo publicó el Partidazo de la Cope- que cabía la posibilidad de impugnar el encuentro por alineación indebida del Barcelona. En concreto, de Íñigo Martínez, que según recoge el artículo 5 del anexo 1 del Reglamento de FIFA se le impide jugar a un futbolista con su club hasta cinco días después de no acudir a una cita con su Selección.
Obviamente, hay letra pequeña, y esta es que la regla no se aplica en caso de que el jugador fuera desconvocado. Algo que se interpreta así porque existe un parte médico que acredita que el central zurdo sufría unos problemas musculares que le mantendrían entre diez y dos semanas en la enfermería. Finalmente, pudo jugar ante Osasuna solo cuatro días después del España-Países Bajos y unos días antes del plazo estipulado en un principio por los servicios médicos. Esta posible impugnación no tiene recorrido y hay un precedente, también protagonizado por el Barcelona, que así lo confirma.
Sucedió en la víspera de la Supercopa de España de 2006 que jugó el Barça, que había ganado la Liga con Frank Rijkaard en el banquillo, y el Espanyol, flamante ganador de Copa del Rey en Madrid ante el Zaragoza en abril y con Ernesto Valverde ahora en el banquillo. El encuentro de la Supercopa estaba fijado para el día 17 de agosto y, anteriormente, Luis Aragonés había dado la lista de convocados para un amistoso ante Islanda el 15 de agosto.
El técnico citó a Xavi Hernándz y Carles Puyol, quienes acudieron a la concentración y fueron examinados por los servicios médicos. Así lo explicaba el excentral del Barcelona: "Fuimos a la Selección, nos vieron el doctor y el técnico (Luis); hice tratamiento incluso con un fisioterapeuta durante más de dos horas y nos dijeron que volviésemos a casa y siguiésemos con nuestra recuperación. Así lo hicimos, llegó el partido y estábamos para jugar. Y nada más". El de la Pobla de Segur se mostró "dolido" y "muy tranquilo" ante las críticas de un sector de la prensa que apuntaba a que ambos no habían querido jugar con la Selección.
Los futbolistas regresaron a la dinámica del Barça y fueron convocados para jugar ese día 17 ante el Espanyol, apenas 48 horas después del encuentro de España en Islandia, que acabó 0-0. El Barça, por su parte, ganó 0-1 al Espanyol en el Estadi Olímpic de Montjuïc con gol de Giuly. Puyol jugó 84 minutos y Xavi 71. Tras el choque, y amparándose en esa normativa de la FIFA, el Espanyol decidió impugnar, pero los distintos organismos desestimaron el recurso.
En aquel momento, el director general del Espanyol, Pedro Tomás, lideró el recurso del Espanyol y declaró lo siguiente: "Jugadores convocados por su selección y que no pueden jugar con ella debido a lesiones certificadas por un médico tampoco pueden jugar con su equipo en los cinco días siguientes a la disputa de los partidos internacionales". Y apostilló: "Se ha vulnerado el reglamento de la FIFA y por eso hemos enviado este escrito antes del partido".
Ese mismo día, Alfredo Florez, presidente del Comité de Competición, ya fue claro con este recurso: "Hemos desestimado la petición del Espanyol en el sentido de que diera por perdido el partido al Barcelona. Para dictar esta resolución nos hemos basado en un caso idéntico, el del jugador australiano Aloisi, que estuvo alineado con el Osasuna en un partido importante contra el Mallorca".
Ese mismo caso tuvo idéntica resolución. El Mallorca impugnó el encuentro ante Osasuna por alineación indebida de John Aloisi, pero el Comité de Apelación entendió que "se produjo la desconvocatoria oficial del jugador, lo que implica que el acto contrario, o sea, la inicial convocatoria quedó sin efecto". Por tanto, "como la normativa que sería aplicable para sancionar descansa precisamente en la existencia de una convocatoria oficial, su desaparición produce la eliminación de cualesquiera efectos que ésta pudiera haber tenido".