La Federación busca presidente antes del verano: la Eurocopa, la candidatura del Mundial 2030 y los Juegos marcarán la convocatoria electoral
El plan federativo es tener presidente electo en mayo para abordar, con plenas competencias, los tres hitos deportivos.

La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deporte, Pilar Alegría, firmó, este jueves por la tarde, la Orden Ministerial que regulará la convocatoria de elecciones en todas las federaciones deportivas españolas. En los próximos días aparecerá publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Como en estas últimas semanas y más ante la confirmación por parte de la propia Ministra, en la RFEF ya tienen la vista puesta en las próximas elecciones a la Asamblea General, su Comisión Delegada y a la Presidencia. Hay tres hitos que, desde el ente federativo, consideran clave para que haya presidente electo en el mes de mayo. Sólo de esta manera el elegido para dirigir el máximo organismo fútbol a nivel nacional podría afrontar con plenas competencias lo que supone la participación en la Eurocopa de fútbol masculino, que se disputará del 14 de junio al 14 de julio; la presentación oficial de la candidatura al Mundial 2030, prevista para el verano; y los Juegos Olímpicos, que tendrán lugar del 26 de julio al 11 de agosto, durante los cuales, además, no se pueden celebrar los comicios.
La nueva Orden Ministerial por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas sustituirá a la de 2015 tras el compromiso adquirido por Víctor Francos: "Vamos a modificar el sistema asambleario de las federaciones". Sin embargo, el texto, previsto para mediados del mes de diciembre y tras la abrupta salida del entonces presidente del CSD, se dilató. Tal y como avanzó Relevo, José Manuel Rodríguez Uribes, Secretario de Estado para el deporte, aprovechará la convocatoria a los presidentes de las federaciones del próximo martes a las 13:00 horas para presentar el texto ministerial que ha cumplido con los plazos adelantados por la propia Ministra el pasado sábado 20 de enero: "Es cuestión de 7 a 15 días".
La ministra Pilar Alegría nos avanza que "en 7-15 días" se publicará la orden para las elecciones en las Federaciones, como la @rfef
— Teledeporte (@teledeporte) January 20, 2024
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Las elecciones a la RFEF, en el aire
Las elecciones de cualquier federación, también la de fútbol, se realizan el año de celebración de los JJ.OO., después de la cita olímpica. Sin embargo, tras la dimisión de Luis Rubiales como presidente de la RFEF el pasado 10 de septiembre, cinco días después se formó la Comisión Gestora que se hizo cargo del ente federativo y que tenía como responsabilidad inmediata la convocatoria de elecciones. Lo natural hubiera sido que Pedro Rocha, elegido como presidente de la Junta Gestora, hubiera convocado comicios nada más constituirse la comisión para nombrar presidente de la RFEF, y después, tras la competición olímpica, convocar las elecciones ordinarias para constituir nueva Asamblea y elegir nuevo presidente.
Para evitar dos elecciones en un mismo año, al conocer la dimisión de Luis Rubiales, la RFEF solicitó al CSD tan sólo cuatro días después de la formación de su comisión Gestora, adelantarlas al mes de enero de 2024 para celebrar unos únicos comicios. El Consejo Superior de Deportes lo vio con buenos ojos por lo que le pidió al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), el órgano que rige los procesos electorales de las Federaciones, un informe sobre la petición de la RFEF. El informe del TAD fue favorable y el CSD aprobó la resolución de la excepción electoral el 11 de octubre de 2023.
Aunque el CSD publicó el borrador de la Orden Ministerial el 12 de octubre, ofreció a las Federaciones un tiempo, hasta el 3 de noviembre, para presentar sus aportaciones y alegaciones. Recibieron 1.400 folios y durante estos dos meses y medio han analizado todas las propuestas para valorar si se aprobaban o rechazaban las peticiones procedentes de los distintos entes federativos. Finalmente el texto ha sido firmado por Pilar Alegría este jueves por la tarde.
¿Es esta la razón por la que aún no ha habido convocatoria de elecciones en la RFEF? Sí, las Federaciones necesitaban la nueva Orden Ministerial para poder convocar los comicios. También en el caso de la RFEF, a pesar de tener un permiso excepcional del CSD por celebrarlas en enero, pues quizá podrían haberlas convocado al conocer la dimisión de Rubiales para sustituir al presidente inhabilitado, pero no a la Asamblea. Una vez que se solicitó por carta, y fue aprobado y ratificado, la RFEF esperó que el CSD elaborara el texto ministerial antes de poder mover ficha.
A partir de ese momento, las Federaciones, también la RFEF, desarrollarán sus reglamentos electorales, que tendrá que aprobar la Comisión Directiva del CSD. Éste último paso es un proceso ágil porque se podría ratificar por sesiones remotas. Será entonces cuando la RFEF podrá convocar sus elecciones excepcionales, ahora sí, a la Asamblea General, su Comisión Delegada y a la Presidencia y cumplir con sus plazos previstos: tener presidente electo en el mes de mayo de manera que pudiera afrontar con todas las competencias todas las decisiones y acuerdos que requiere la disputa de una Eurocopa, la presentación de la candidatura de España (junto a Portugal y Marruecos) al Mundial 2030 y la celebración de los JJ.OO.
¿Se podría dilatar el proceso?
Según fuentes jurídicas consultadas por Relevo la Orden Ministerial no se podría impugnar directamente por vía administrativa, pero sí por vía contenciosa. Es decir, esta vez no habrá -el tan mencionado en los últimos tiempos- Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). Además de las federaciones nacionales, podrían recurrir el texto sino todos los electores y elegibles, es decir, deportistas, clubes, técnicos, árbitros, asociaciones de federaciones... En caso de impugnación por la vía judicial, la Audiencia Nacional sería el órgano competente para conocer el posible recurso, pues la Orden Ministerial es una disposición general firmada por la Ministra Pilar Alegría.
Toca esperar entonces para conocer si cabe algún recurso, aunque finalmente la Orden Ministerial no incluye la eliminación de los miembros natos tal y como aseguró el por entonces secretario de Estado para el Deporte Víctor Francos, algo que disgustaba a muchos de los representantes territoriales de las federaciones. En caso de que se impugnara, la Orden será aplicable igualmente salvo que la Audiencia Nacional aceptara medidas cautelares que suspendieran la ejecutividad de la Orden Ministerial.
Sólo en ese caso, su aplicación podría dilatarse lo suficiente como para que las elecciones a la RFEF tuvieran que convocarse también, como en el resto de las federaciones, después de la cita olímpica. Entonces todo el proceso de petición de celebración de elecciones con carácter excepcional, la consulta al TAD, la aceptación del CSD y todos los trámites quedarían en nada. Y lo que es peor, España afrontaría dos competiciones y una gestión de la dimensión de la candidatura del Mundial 2030 con un presidente de Gestora con las limitaciones que eso supone en la toma de decisiones. En cambio, si finalmente la Orden pudiera aplicarse con independencia a los recursos presentados, la RFEF podría convocar los comicios. Primero se celebrarían las elecciones a la Asamblea y posteriormente el sufragio para decidir al nuevo presidente del máximo organismo de fútbol a nivel nacional.