Esta es la sentencia completa de Dani Alves: "No vio ni el lavamanos ni el váter. Se dio cuenta entonces de dónde estaba metida"
El exjugador del Barça, además de cumplir una pena de prisión, tendrá que pagar una multa, estar en libertad vigilada tras salir de la cárcel y mantenerse alejado de la víctima

Dani Alves ya tiene sentencia. El que fuera lateral derecho del Barça ha recibido hoy, de la Audiencia Provincial de Barcelona, la condena que le culpabiliza de una agresión sexual a una joven en una discoteca (Sutton) de Barcelona en diciembre de 2022, por la que tendrá que cumplir cuatro años y seis meses de cárcel, que previsiblemente no cumplirá en su totalidad, a falta de un tercer grado y una libertad condicional que llegará con el tiempo. Además, Dani Alves tendrá que cumplir cinco años de libertad vigilada y nueve de alejamiento de la víctima.
La sentencia, de 61 páginas, viene firmada por los jueces, Maria Isabel Delgado Pérez, Pablo Díez Noval y Luis Belestá Segura, empieza recogiendo hasta qué punto el juicio ha supuesto un auténtico terremoto mediático que ha obligado a un esfuerzo extra en la protección de la víctima, hasta el punto de evitar un contacto visual entre ella y el agresor.
"Los hechos que serán enjuiciados en este procedimiento tienen una evidente repercusión mediática que suscita el interés de los medios de comunicación y de la ciudadanía, sin que ello de por sí sea obstáculo para limitar la publicidad de la vista oral. Sin embargo, esta resonancia informativa puede tener graves consecuencias en la esfera de la intimidad de la denunciante, que podría verse doblemente victimizada".
La sentencia, a su vez, apoya en todo momento a la víctima, considerando que en ningún momento buscó aprovecharse de Alves, que no tenía ninguna rencilla previa que pudiera restar credibilidad al relato, y tampoco que buscara ningún tipo de compensación económica por lo ocurrido, tal y como reza el texto en este extracto.
"Ni conocía al Sr. Alves ni consta que tuviera ningún tipo de animadversión hacia el acusado; se conocieron el día de los hechos instantes antes de ocurrir estos. No se ha señalado ninguna causa de incredibilidad subjetiva, alguna rencilla, envidia, celos u otro motivo que le llevara a denunciar unos hechos que no habrían ocurrido según el acusado. Al contrario, de todo lo que ha relatado la víctima, de los partes de baja aportados, de los informes psicológicos y psiquiátricos, concluimos que la denuncia, a priori, le traería más problemas a la denunciante que ventajas.
Además, la víctima presentaba temor a denunciar los hechos por las posibles repercusiones mediáticas que pudiera tener y por el hecho de que su identidad pudiera ser revelada. Este temor podría haberse visto confirmado por cuanto, según ha sido expuesto por la letrada de la Acusación Particular, recientemente han denunciado la filtración de los datos personales de la denunciante. El modo en que finalmente se denunciaron los hechos, la acreditación, mediante la cámara que portaba el agente que se entrevistó con la denunciante en la propia discoteca Sutton, así como su inicial resistencia a denunciar los hechos porque le podrían cambiar la vida (como así ha sido) dan cuenta de que inicialmente no presentaba una actitud que le moviera a perjudicar al acusado o de conseguir notoriedad con la presentación de la denuncia.
Tampoco cabe hablar de interés económico. Con anterioridad a la celebración del juicio la defensa ha ofrecido la cantidad de 150.000 euros, a lo que más adelante nos referiremos, para que fueran entregados a la denunciante. Esta podría haber aceptado esta cantidad, renunciando seguidamente al ejercicio de acciones civiles y penales, pero no lo hizo, presentando un escrito, de fecha de entrada en esta Sección 11 de diciembre de 2023, por el que se señalaba que no era deseo de la denunciante percibir cantidad alguna durante el procedimiento judicial, salvo lo que se pudiera establecer por la Sala en el caso en que recayera sentencia condenatoria."
El relato escalofriante de la víctima
La sentencia también recopila todo el relato de la víctima, de principio a fin, a partir de la página 21, en la que describe el primer contacto con Alves. "No recuerda el momento exacto en que se dio cuenta que uno de ellos era Dani Alves. Sí sabe que no les dejaban sacar el móvil, hacer fotos. Oyeron que era alguien famoso. Estando en la mesa trajeron una botella de cava o champán y les ofrecieron una copa. Ella no quería, la dejó". Más adelante, también describe el momento de la agresión.
"El acusado le hacía comentarios que no entendía. Notó en él una actitud de superioridad o prepotente. Le dijo: "¿es que no sabes quién soy?". Le dijo que jugaba a la petanca en Hospitalet. Tras eso solo recuerda momentos puntuales en que él le decía que se fueran. Ella le decía que sí, en 5 minutos. En un momento él se puso detrás de ella, le cogió su mano y se la puso detrás poniéndoselas en sus partes bajas. Lo hizo una segunda vez y se empezó a asustar. Empezó a hablarle en un idioma que no entendía.
Él le decía que se fueran a otra parte. Se le pasó de todo por la cabeza. Ella acudió a hablar con él, después de que él se alejara un poco. Le pidió que fueran a hablar. Le dijo a su prima que él quería hablar. Quiso ir a hablar con él. Esto lo hizo porque tenía miedo de que después estos chicos les pudieran seguir. Por eso fue a hablar con él.
Él se ubicó al lado de la zona VIP y le dijo que fuera. Al llegar allí vio un pasillito oscuro con una puerta negra. Un pasillo que seguía hacia arriba. El abrió la puerta, estuvo en ese lugar y se le pasó de todo por la cabeza y se asustó. No vio ni el lavamanos ni el váter. Luego se dio cuenta de dónde estaba metida.
En cuanto quiso salir él se puso en medio y cerró la puerta. Ella decía que se quería ir. Él le dijo que no. Allí fue cuando empezó a pasar todo. La denunciante en su declaración en el plenario ha manifestado no recordarlo todo, sino momentos puntuales: le vienen flashes, de estar él sentado, estirándole hacia él. Recuerda que luego le giró y le puso en el lavamanos y después pasó todo muy rápido. Momento en que él le puso contra el suelo, le tiró al suelo, fue cuando le hizo la herida de la rodilla. Él tenía los pantalones bajados, tenía el bajo abdomen tatuado, se empezó a paralizar bastante.
Él estaba sentado en la taza del váter. Ella de rodillas. La cogía de la mandíbula y le empezaba a dar bofetadas. Él le decía que ella dijera que era su putita, le hablaba en portugués, la levantó, la giró en el lavamanos. Él le subió el vestido. Estaba intentando tocarle a ella. Ella estaba apoyada contra la taza del váter, empezó a tocarle más, a manosearle, la empezó a penetrar. En ese momento no podía aguantar más, tenía sensación de ahogo. Sensación de angustia. Ella pensó en dejar de luchar, de dejarse ir, tenía la sensación de estar cayéndose. Recuerda que paró, se separó y vio una mancha en el suelo. Ella quería bajarse el vestido y quería coger el bolso que estaba en el suelo y quería irse pero él dijo que saldría él primero. Se le hizo eterno no poder salir, se sentía encerrada. Al salir fue a buscar a su prima y tenía como la vista anulada.
La sentencia, a su vez, relata los hechos posteriores en los que la víctima fue al hospital y tuvo que lidiar por su cuenta el trauma, incluida su salud mental: "Al día siguiente los Mossos d'Esquadra le dijeron que era grave y que tenía que poner la denuncia. El día que fue a denunciar fue a Urgencias y le tuvieron que dar tranquilizantes. El vestido lo llevó a Mossos. En Hospital Clinic le dieron medicación para no contraer infecciones. El acto se produjo sin preservativo. Posteriormente a los hechos ha recibido tratamiento psicológico y psiquiátrico. Por su cuenta intentó no tomar medicación. Fue al psiquiatra por su cuenta. Pero decidió hacerlo sola porque el psiquiatra le ofrecía un tratamiento con pastillas largo. Una vez pasó el verano y pasó septiembre intentando rehacer su vida, tuvo un bajón muy fuerte y tuvo que pedir otra vez ayuda. A raíz de esta situación decidió empezar un tratamiento."
La sentencia, a su vez, recoge el alegato de la defensa, en la que utilizó las imágenes de las cámaras para argumentar que, a su juicio, la víctima en ningún caso se encontró incómoda y que acudió al baño de plena voluntad para encontrarse con él. "Más bien parece un acuerdo previo de ir uno después de otro. Ni es coherente con lo que hemos observado en los vídeos ni es lógico atendiendo a la cantidad de personas existentes en la discoteca, incluidos personal de seguridad o a la posibilidad de acudir a la policía al salir de la discoteca.
Los argumentos de los jueces a favor de la culpabilidad de Alves
Para los magistrados, según la sentencia, existen indicios suficientes que apuntalan la versión de la denunciante en lo referido a la penetración vaginal inconsentida, a saber: la existencia de lesiones en la rodilla de la víctima ("Son producto de la violencia usada por Alves para agachar a la denunciante"), el comportamiento de la víctima al producirse los hechos, ("Cuando la denunciante iba a salir se desmoronó, comenzó a llorar y se abrazó a su amiga"), la actuación del acusado tras la agresión("No se paró, no se interesó por saber lo que le ocurría a aquella con la que había mantenido un encuentro sexual "en el que ambos estaban disfrutando tanto"), a existencia de secuelas en la víctima ("Se daban todos los criterios establecidos para diagnosticar un cuadro de Trastorno por Estrés Postraumático y no solamente un cuadro de ansiedad").